Sistema Nacional de Seguridad Pública: lo necesario y lo propuesto

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Al participar en la Evaluación del proyecto de decreto de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (presentada ante la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión por el titular del Poder Ejecutivo Federal el 30 de septiembre de 2008), un grupo de destacados especialistas convocados por el Centro de Estudios Espinosa Yglesias (CEEY), coincidieron en señalar que la iniciativa propuesta inicialmente por el Ejecutivo Federal no abarca cabalmente lo que el tema requiere, a pesar de las recientes y considerables exigencias sociales de soluciones en el tema; muchos de los puntos de esta iniciativa están en la dirección correcta, pero requieren de algunas presiones, de la introducción de una visión más integral de la problemática, para llegar a soluciones fundamentales.

En general, la iniciativa aborda los principales rubros de interés en la materia y contiene elementos muy positivos no englobados por la legislación vigente; por ejemplo, el que se proponga la conformación del Consejo Nacional de Seguridad Pública sin la presencia de representantes de las Fuerzas Armadas.

Sin embargo, la iniciativa de Ley supone que los problemas en materia de seguridad pública derivan de fallas de origen en la legislación, de la falta de instrumentación de la Ley y deja de lado la multifactorialidad de fuentes de la inseguridad, como podría ser la asociación delictuosa de los distintos actores dentro de las instituciones policiales.

Así, por ejemplo, se señaló que la iniciativa de ley no plasma una idea clara de cuáles son los problemas que originaron la descomposición de los cuerpos policiales y la penetración del crimen organizado en estas entidades. La legislación, en opinión de varios expertos, parte del supuesto de que son los elementos de la policía los que se corrompen, sin analizar sus causas. Por lo mismo, la legislación propuesta carece de una enumeración y definición de las condiciones institucionales que garantizarían el que ya no tuviera lugar esa corrupción.

Los expertos señalan que la legislación está confiriendo al Congreso de la Unión facultades reservadas a las instancias competentes: los municipios, el Distrito Federal, los Estados y el Ejecutivo Federal. Más aún, de acuerdo a algunos panelistas, esta concurrencia de competencias es inconstitucional pues no le corresponde al Poder Legislativo definir sobre el uso de la fuerza o el establecer reglas relativas al Servicio Profesional de Carrera, por ejemplo. En opinión de los evaluadores, la concurrencia estriba en establecer bases de coordinación. Para ellos, la iniciativa debe establecer las condiciones orgánicas y procesales para que las autoridades competentes puedan llegar a consensuar políticas comunes sobre esos temas.

Un segundo elemento en el que el panel de especialistas coincidió es en la apreciación de que en la iniciativa de legislación en cuestión, en realidad se está abogando a favor de un sistema que favorece la conducción preponderantemente por parte del Gobierno Federal de la función de la seguridad pública —particularmente a lo que atañe a las distribución de competencias— aunque no se llegó a un consenso en el sentido de si la ley refleja una intencionalidad hacia la concentración federal, o más bienun ánimo unificador de incluir todas las posibles interpretaciones por parte de todas las fuerzas sociales y actores involucrados en torno al tema.

Por otra parte, algunos miembros del grupo de expertos consideraron como positivo la introducción de mecanismos de evaluación de las fuerzas policiales: homologación de funciones y de directrices, capacitaciones, eliminación de la figura de las dispensas de requisitos en la contratación de personal, evaluación y certificación periódica, así como mayor apoderamiento, intervención y vigilancia de los institutos de formación.

Particularmente se evaluó positivamente a la iniciativa con respecto a este último elemento, ya que establece la exigencia relativa a que todas las instancias de seguridad pública tengan institutos de formación y capacitación. Se coincidió en que reforzar la capacitación es un elemento esencial para atemperar el mal funcionamiento de las instituciones reflejado hoy en día. Otros miembros del grupo consideraron importante la introducción de esos temas, sin embargo, consideraron que la competencia para fijar las políticas generales debía recaer en todos los integrantes del Consejo Nacional de Seguridad Pública y no en el Congreso de la Unión.

Finalmente, un elemento que fue analizado reiteradamente y con gran preocupación por el panel es el relativo a la ausencia de un sistema de incentivos para las fuerzas de seguridad pública. Así, en el aspecto formal se señaló como preocupante la ausencia constitucional de un sistema de incentivos para sustentar un Servicio de Carrera Profesional real y como un mecanismo interno de control de los cuerpos policiales. En otras palabras, que se privilegien los mecanismos punitivos sobre los incentivos.

A partir de los criterios de definición del problema; alternativas y soluciones propuestas; aspectos legales; simplicidad, claridad y accesibilidad; impacto anticipado: costos y beneficios; factibilidad e instrumentación; congruencia presupuestaria; cumplimiento: sanciones y monitoreo y evaluación ex post, el panel de especialistas dio como calificación final de 5.8 en una escala de 0 a 10 en la que 5 es medianía; esta calificación muestra una nota regular, ligeramente favorable hacia la iniciativa frente a la situación actual.

Para contactar entrevistas con los especialistas participantes, favor de comunicarse a los teléfonos:
044 55 23 12 99 24, 044 55 35 74 20 67 y/o al correo-e: ricardo.perez@ceey.org.mx

3 de diciembre de 2008

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