Expertos debaten sobre conceptos como cateo, arraigo, régimen de excepción, código penal único y el papel del ejército
Expresan sus críticas y sugerencias sobre propuestas específicas contenidas en el proyecto impulsado por la Red Nacional a Favor de los Juicios Orales y de las dos iniciativas promovidas por el Presidente Calderón en materia de justicia penal y seguridad pública.
En el marco del debate para la Reforma Constitucional en Materia de Justicia Penal, el Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro Juárez”, el Centro de Estudios Espinosa Yglesias (CEEY) y el Instituto para la Seguridad y la Democracia (Insyde), organizaron este pasado martes un debate en torno a puntos concretos del proyecto impulsado por la Red Nacional a Favor de los Juicios Orales y de las dos iniciativas promovidas por el Presidente Calderón en materia de justicia penal y seguridad pública.
Bajo lamoderación del Dr. Enrique Cárdenas, Director ejecutivo del Centro de Estudios Espinosa Yglesias, los expertos Lic. Jorge Rosas García (Director General de Extradiciones y Asistencia Jurídica, PGR), Dr. Samuel González Ruiz (analista internacional en temas de derecho penal y procesal y ex titular de la Unidad Especializada contra la Delincuencia Organizada, UEDO, PGR) y el Mtro. Carlos Ríos Espinosa (experto en seguridad pública, derecho penal y derechos humanos, así como consejero de Insyde y de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal) iniciaron el debate sobre dos puntos que han resultado particularmente polémicos de la propuesta del Ejecutivo: la autorización a todas las policías para realizar cateos en flagrancia y el arraigo.
I. Cateo en flagrancia
El Lic. Rosas García, expuso que las propuestas del Presidente tienen la finalidad de dar herramientas jurídicas al MP para que se mejore el combate a la delincuencia. El Código de Procedimientos Penales otorga 12 horas a los jueces para obsequiar un orden de cateo en casos de delincuencia organizada. Esto hace que la reacción de la policía no sea rápida cuando ya se tienen localizados a los criminales.
Para el Dr. González Ruiz, la falta de capacitación de todas las policías hace del todo incorrecto dotarlas de la facultad de realizar cateos sin autorización previa. Lo que se necesita es crear mecanismos que permitan la justificación de dichos cateos de manera rápida. La corte europea ya se ha expresado: estas facultades que recortan derechos humanos debe ser autorizadas por funcionarios autónomos, pero el MP mexicano no es autónomo.
El Mtro. Ríos Espinosa señaló que la persecución eficaz del delito no debe implicar pérdidas de garantías del debido proceso. El control de los cateos debe ser previo, no posterior a su aplicación. Por otra parte, la lucha contra la delincuencia organizada no se basa en la flagrancia.
II. Arraigo
El Dr. González Ruiz apuntó que si el arraigo es otorgado por un juez y cumple con otros elementos requeridos, no tiene que ser considerado como una medida contra los derechos humanos. Se trata de una herramienta diseñada para un sistema con muchos trámites. En la medida en que migremos a un sistema procesal penal más acusatorio, menos se tendrá que utilizar; la reforma lo podría incluir en un artículo transitorio.
El Lic. Rosas García consideró que el arraigo ha sido una herramienta útil para consignar a miembros de la delincuencia organizada; en las circunstancias actuales es necesario que se mantenga.
Para el Mtro. Ríos Espinosa, el enfoque básico del arraigo en México está mal. Mejor sería bajar el estándar de prueba (para que los juicios no sean tan difíciles de armar para el MP).
Otros dos puntos fueron la pertinencia general de establecer un régimen de excepción y la de establecer un código penal único. Al final, miembros del público plantearon los temas de los jueces especializados en delincuencia organizada y el del papel de las fuerzas armadas en su combate.
III. General: pertinencia del régimen de excepción para la delincuencia organizada
El Lic. Rosas García señaló que los miembros de la mafia son tan poderosos que nadie quiere testificar contra ellos y ponen en riesgo también a los jueces, MP, peritos y policías. Sus organizaciones poseen mejores equipos de comunicación y armas que la fuerza pública. Por eso se justifica un régimen especial para la investigación de las actividades de la delincuencia organizada.
El Mtro. Ríos Espinosa afirmó que es inadecuado establecer tal régimen porque se contravienen los principios de debido proceso. El “régimen de excepción” es necesario para la fase de investigación, no para el juicio. Es cierto que peligran los testigos, funcionarios y agentes, pero los criminales tendrán este poder con cualquier sistema.
El Dr. González Ruiz consideró que la corte europea de derechos humanos ya se pronunciado sobre cómo balancear los derechos individuales y la seguridad de todos.
El debido proceso tiene que estar garantizado; para dictar prisión preventiva, el principio de seguridad pública debe sobrepasar inclusive el principio de inocencia.
Es fundamental que se prueben distintos sistemas acusatorios en diferentes regiones del país, para ver cómo funcionan los principios y cuáles sirven, con la finalidad de llegar a uno mejor.
IV. Código penal único
El Lic. Rosas García argumentó que es necesario establecerlo porque la diversidad de penas en los estados por el mismo delito es muy grande, lo que es injusto.
El Dr. González Ruiz comentó que, si bien el código único es atractivo teóricamente, la realidad de un país federal como el nuestro (en el que se supone que se respetan las diferencias) le dificulta adoptar una posición definitiva al respecto. En cualquier caso, existe una actitud muy extendida en contra de medidas como esta, por lo que es muy difícil que se apruebe el código único.
Para el Mtro. Ríos Espinosa el aspecto federalista es muy importante. Las diferentes realidades políticas de las entidades justifican ciertas particularidades en sus leyes. Además, los estados pueden servir como microcosmos de prueba para ensayar cambios específicos que ayuden a mejorar la legislación de todo el país.
V. Justicia especializada
El Dr. González Ruiz propuso establecer en México un modelo de justicia especializada para enfrentar a la delincuencia organizada. Por una parte, los juzgados tendrían más experiencia en ese tema y, sobre todo, se lograría mayor capacidad de protección y control de los juzgados. Actualmente un juez (y su familia) que requiere aprobar cateos o acciones en contra la delincuencia organizada vive en la ciudad controlada por es misma organización delictiva, lo que implica mayores riesgos. Si se establecieran entre 5 y 8 juzgados especializados de carácter federal, podría dárseles mayor protección. El mejor ejemplo internacional es el de la audiencia nacional de España que establece cuatro temas de especialización (con jurisdicción nacional): narcotráfico, terrorismo, delincuencia organizada y corrupción. Otros ejemplos son el de la fiscalía anti mafia en Italia, aunque es un modelo parcial, y el de juzgados para crímenes fiscales de Francia.
El Lic. Rosas García estuvo de acuerdo con la adopción de un modelo de justicia especializada. Que los juzgados tuvieran capacidad de emitir órdenes de cateo o aprensión en cualquier estado de la república haría más difícil para las organizaciones delictivas anticiparlas.
Según el Mtro. Ríos Espinosa es inadecuado otorgar un trato diferenciado a la delincuencia organizada; habría que darles protección a todos los jueces y no solo a los especializados.
VI. Papel de las fuerzas armadas en la lucha contra la delincuencia organizada
De acuerdo con el Lic. Rosas García, las fuerzas armadas han obtenido los resultados más contundentes contra el narcotráfico. Pueden desplegarse en toda la república con gran facilidad y rapidez de movimiento. Se justifican porque representan un instrumento de estado que es capaz de ofrecer resultados.
El Mtro. Ríos Espinosa consideró, por el contrario, que el papel de las fuerzas armadas no es luchar contra la delincuencia. Más bien hay que repensar las políticas de lucha contra el narcotráfico. Mientras se trate de un negocio multimillonario, habrá quienes deseen participar en él y estén dispuestos a enfrentarse al estado. Por eso se deben despenalizar las drogas.
Para el Dr. González Ruiz, en este momento el ejército realiza una función necesaria en buena medida. El ejército tiene como función coadyuvar para garantizar la seguridad nacional, ya sea interior (cuando están en peligro las instituciones del país) como exterior.
No obstante, que el ejército tenga que intervenir contra la delincuencia manifiesta el fracaso de las policías y del Sistema Nacional de Seguridad Pública (en particular de la PFP que no ha logrado ser una fuerza relevante para la prevención).

