Antecedentes económicos y filosóficos de la justicia y movilidad social
Julio Ernesto Trejo Calzada
Participante en la XII Escuela de Verano sobre Movilidad Social
Este breve ensayo indaga los antecedentes de la justicia y movilidad social en la disciplina económica, argumentando que su origen se puede encontrar desde el pensamiento filosófico de la Antigüedad.
La idea de justicia social ha existido desde los antiguos griegos; pero fue hasta 1971 cuando Rawls estructuró una concepción moderna sobre el tema, proponiendo una lista de los «bienes primarios» que necesitan los ciudadanos para ser personas libres e iguales (Murillo y Hernández 2011). Basado en este planteamiento, Roemer (1993) propuso que la sociedad compensara a aquellos que tuvieran «resultados pobres» debido a elementos fuera de su control. Desde esta perspectiva, una sociedad justa sería aquella que, como lo plantea Sen (2000), conciba el desarrollo como la eliminación de barreras que se oponen a las libertades de los individuos, de manera que su vida pueda estar determinada por su libre agencia.
Esta interpretación abre pauta a la importancia de la movilidad social, entendida como los «cambios que experimentan los miembros de una sociedad en su posición en la distribución socioeconómica» (Vélez Grajales et al. 2015, p. 2), los cuales deben depender más de su talento y esfuerzo, y menos de sus condiciones de origen y características personales o físicas. Para lo cual se deben brindar herramientas básicas a todos los miembros de la sociedad que garanticen condiciones iguales de competencia.
Esta discusión tan actual y pertinente tiene, sin embargo, raíces lejanas. Para el año 349 a. C. Aristóteles ya planteaba la importancia de un «suplemento de prosperidad» para que el hombre pudiera ser feliz:
La felicidad, de consiguiente, es lo mejor y lo más bello y lo más delicioso […] la felicidad reclama además los bienes exteriores […]. Es imposible, en efecto, o por lo menos difícil, que haga bellas acciones el que está desprovisto de recursos. […] la felicidad parece exigir un suplemento de prosperidad […] (Aristóteles 2007, p. 14).
En 1759 Adam Smith planteó en su libro La teoría de los sentimientos morales, la importancia de ofrecer recíprocamente amor, gratitud, amistad y estima, para que la sociedad prospere y sea feliz (Brue y Grant 2009). Por su parte, Keynes en Las consecuencias económicas de la paz advirtió su preocupación sobre los efectos económicos y sociales del Tratado de Versalles después de la Primera Guerra Mundial, especialmente para el pueblo alemán. Planteando que, ante una condición económica tan precaria, «en su miseria, [los hombres] pueden acabar de trastornar los restos de organización y hundir la civilización toda en sus intentos desesperados para satisfacer las necesidades apremiantes del individuo» (Keynes 1919, p. 81).
Actualmente, Piketty plantea una serie de propuestas que buscan controlar las «[…] desigualdades insostenibles, arbitrarias, que cuestionan de modo radical los valores meritocráticos en los que se fundamentan nuestras sociedades democráticas» (Piketty 2014, p. 15), producidas histórica y mecánicamente por el capitalismo.
De esta manera vemos que en el núcleo de la visión económica ha estado implícita la búsqueda de la justicia y la movilidad social, pues desde Aristóteles hasta nuestros días se ha buscado la felicidad, la prosperidad y el bienestar material de todos los miembros de la sociedad, entendiendo que estas no se encuentran necesariamente dadas y reconociendo la importancia que tienen para la sociedad en su conjunto. Pues, en palabras de Adam Smith: «Por más egoísta que se pueda suponer al hombre, existen evidentemente en su naturaleza algunos principios que le hacen interesarse por la suerte de otros, y hacen que la felicidad de éstos le resulte necesaria […]» (Smith 1997, p. 49).
Referencias
Aristóteles (2007). Ética Nicomaquea. Ciudad de México: Editorial Porrúa.
Brue, S. L., y Grant, R. R. (2009) Historia del pensamiento económico. Ciudad de México: Cengage Learning Editores.
Keynes, J. M. (1919) Las consecuencias económicas de la paz. Cambridge: King’s College.
Murillo Torrecilla, F. J., y Hernández Castilla, R. (2011) “Hacia un concepto de Justicia Social”. Revista Iberoamericana sobre Calidad, Eficacia y Cambio en Educación, 9(4), 8-23.
Piketty, T. (2014) El capital en el siglo XXI. Ciudad de México: Fondo de Cultura Económica.
Roemer, J. E. (1993) “A Pragmatic Theory of Responsibility for the Egalitarian Planner”. Philosophy & Public Affairs, 22(2), 146-166.
Sen, A. (2000) Desarrollo y libertad. Ciudad de México: Editorial Planeta Mexicana.
Smith, A. (1997). La teoría de los sentimientos morales. Madrid: Alianza Editorial.
Vélez Grajales, R., Campos Vázquez, R. M., y Fonseca, C. E. (2015) “El concepto de movilidad social: dimensiones, medidas y estudios en México”. Documento de trabajo CEEY, Centro de Estudios Espinosa Yglesias.