El derecho a cuidar, ser cuidado y autocuidarse

Areli Guadalupe Ramírez Alpizar

Participante en la XIV Escuela de Verano sobre Movilidad Social

La falta de cuidado accesible y asequible limita las oportunidades de las mujeres para participar plenamente en la fuerza laboral, lo cual acentúa la desigualdad económica. El trabajo de cuidados no remunerados, en su mayoría, es realizado por mujeres debido a los roles de género tradicionales, las expectativas culturales, la discriminación de género y las barreras estructurales. 

Con frecuencia, se espera que las mujeres asuman el cuidado de los hijos e hijas, las personas adultas mayores y las personas enfermas o con discapacidad. Esta distribución desproporcionada de trabajo para las mujeres genera consecuencias negativas de bienestar y oportunidades económicas.

Si bien, en México se han generado avances con la implementación de programas de asistencia social para personas cuidadoras, la expansión de servicios de cuidado infantil, personas adultas mayores y personas con discapacidad en todo el país y la promoción de políticas de trabajo flexible, todavía no se garantizan las condiciones necesarias por parte del Estado, el mercado, la sociedad y la familia para asegurar el ejercicio del derecho del cuidado sin perder la oportunidad de tener movilidad social ascendente.

De acuerdo con Ana Güémez: “el cuidado como derecho comprende el derecho de cada persona a cuidar, ser cuidada y a autocuidarse. Reconocer el valor de este trabajo, garantizar los derechos de las personas que proveen cuidado y superar la asignación estereotipada del cuidado como una responsabilidad de las mujeres. Para ello se necesita avanzar en la corresponsabilidad institucional entre quienes proveen cuidado, que son el Estado, el mercado, la comunidad y los hogares”  

Para garantizar el derecho de cada persona a cuidar, ser cuidada y a autocuidarse, sin perder la oportunidad de experimentar movilidad social ascendente, es necesario que exista una responsabilidad compartida por parte de cuatro actores: el Estado, el mercado, la sociedad y la familia. 

  • El Estado puede garantizar el acceso a servicios de cuidado de calidad para todas las personas, incluyendo servicios de atención médica y servicios de cuidado para niños y niñas, personas adultas mayores y personas con discapacidad. 
  • El mercado puede contribuir ofreciendo empleos bien remunerados y con horarios flexibles para las personas que se dedican al cuidado, y también puede ofrecer servicios de cuidado de calidad para las personas que trabajan fuera del hogar. 
  • La sociedad puede contribuir fomentando una cultura del cuidado y valorando el trabajo de cuidados como una actividad esencial para el bienestar de todas las personas. Asimismo, es importante que se promuevan políticas que fomenten la igualdad de oportunidades y la movilidad social, como la educación y la capacitación para el empleo, la protección social y la igualdad de género.
  • La familia puede garantizar las condiciones para el ejercicio del trabajo de cuidados sin perder la oportunidad de tener movilidad social al fomentar una cultura de apoyo y solidaridad, así como una distribución equitativa de las responsabilidades de cuidado.

El derecho al cuidado es esencial para la movilidad social. Cuando las personas tienen acceso a servicios de cuidado asequibles, accesibles y de calidad, pueden dedicar más tiempo y energía a sus trabajos y a buscar oportunidades de movilidad laboral. De igual forma, el derecho al cuidado también puede ayudar a reducir la brecha de género en el empleo, ya que las mujeres a menudo asumen la mayor parte de las responsabilidades de cuidado y pueden tener dificultades para equilibrar el cuidado y el trabajo remunerado. 

Al promover el derecho al cuidado, se pueden crear condiciones más equitativas para que las personas cuidadoras, especialmente las mujeres, puedan participar plenamente en la fuerza laboral y tener más oportunidades de movilidad social.

Referencias

Comisión Nacional de Derechos Humanos de la Ciudad de México (2023). Revista de Derechos Humanos

Comisión Económica para América Latina y el Caribe (2019). Determinantes de género en las políticas de movilidad urbana en América Latina

Comisión Nacional de Derechos Humanos de la Ciudad de México (2021). Para avanzar en los derechos a cuidar y a ser cuidado se debe involucrar a toda la sociedad

ONU Mujeres (2021). Reconocer el cuidado como un derecho humano, instan los líderes de la Alianza Global por los Cuidados.