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Un Estado cuidador

Mónica Orozco* y Roberto Vélez Grajales**

Durante los últimos años hemos presenciado la discusión legislativa para la creación de un Sistema de Cuidados en México. El proceso no ha resultado fluido, pero existe una decisión firme de sus promotoras para avanzar en su construcción. Desde un enfoque de igualdad de oportunidades para la movilidad social, no hay duda de su beneficio múltiple: reconocimiento y compensación del trabajo de cuidados; corresponsabilidad y un equilibrio que garantice el tiempo propio de las mujeres; emparejamiento de un piso de arranque más alto para las infancias; inversión y espacio de realización con inclusión para las personas con discapacidad y en condiciones que requieren cuidados; además de un envejecimiento digno.

Ante la necesidad de reactivar la discusión legislativa en la materia, recientemente se llevó a cabo un foro convocado por la Comisión de Bienestar de la Cámara de Diputados. A lo largo de un día completo se habló de las experiencias en la materia legislativa en México. Se discutieron aspectos centrales a considerar en un Sistema de Cuidados y, de manera particular, se hizo un recuento de la iniciativa de reforma constitucional a los artículos 4 y 73, que se aprobó de manera unánime en la Cámara de Diputados en noviembre de 2020. Esta iniciativa, a más de dos años de distancia, sigue pendiente de ser discutida en el Senado de la República. 

El foro también fue motivado por una reciente propuesta de modificación a la Ley General de Desarrollo Social, que en aras de contribuir al reconocimiento del derecho al cuidado y la respuesta del Estado, prevé, mediante una Política Nacional de Cuidados, que la Secretaría de Bienestar y las dependencias que integran la Comisión intersecretarial de desarrollo social, la Comisión Nacional de Desarrollo Social y el Comité de Desarrollo Social, trabajen en el diseño, implementación y seguimiento de esta política. De manera particular, la iniciativa contempla integrar a estos órganos de gobernanza del bienestar y el desarrollo social a dos entidades de suma relevancia en el proceso de creación de política pública: el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, CONEVAL y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, INEGI.

Desde el Centro de Estudios Espinosa Yglesias (CEEY), a través de un enfoque de movilidad social con perspectiva de género, señalamos la importancia legal y normativa del reconocimiento del derecho al cuidado, entendido como el derecho a recibir cuidados, el derecho a brindar cuidados y al autocuidado. La generación de información estadística, el monitoreo y la evaluación son aspectos transversales que incorporan todos los elementos que deben conformar estos sistemas. En ese sentido, reconocemos la pertinencia de la propuesta de reforma a la Ley General de Desarrollo Social en lo que se refiere a la inclusión de CONEVAL e INEGI en sus mecanismos de gobernanza. De hecho, en la búsqueda de contribuir al debate con propuestas e información estadística sobre cuidados, el CEEY ha incluido un módulo especializado en cuidados en la Encuesta ESRU de movilidad social en México (ESRU-EMOVI 2023) que se levanta este año.

Reconocemos que el foro de discusión organizado en la Cámara de Diputados abona a otra de las vertientes que consideramos esenciales para la construcción del Sistema de Cuidados: la participación e involucramiento de la sociedad civil en todos los procesos de construcción y seguimiento de esta política. Está en manos de las y los legisladores construir los acuerdos necesarios para que se constituya el Sistema Nacional de Cuidados como componente fundamental de la protección social del Estado mexicano.

*Directora de GENDERS AC e investigadora asociada externa del CEEY. Twitter: @monicaeorozco y *Director Ejecutivo del CEEY. Twitter: @robertovelezg. Columna publicada en Reforma el 4 de mayo de 2023.