Sistema de Cuidados

Roberto Vélez Grajales1 y Mónica Orozco2

Las desigualdades de género condicionan la movilidad social. El papel y las responsabilidades que por descontado se les asignan a las mujeres reducen la inversión del Estado en ellas y en sus necesidades, lo cual limita a lo largo de la vida y de manera acumulativa sus opciones de elección, de realización personal y de protección social, que son más restringidas que para los hombres. Eso, irremediablemente, impacta negativamente en su bienestar y el de toda la sociedad. Por ello, la creación de un Sistema Nacional de Cuidados (SNC) es clave no solo por razones de igualdad de género, sino para reducir otras desigualdades sociales y económicas que brinden mejores oportunidades a toda la población, especialmente la que requiere cuidados. 

En México, la Encuesta ESRU de movilidad social en México 2017 del Centro de Estudios Espinosa Yglesias (CEEY) reporta una participación laboral femenina de 43 %, la cual se reduce a 36 % entre quienes tienen al menos un hijo o hija menor de seis años. No importa el origen socioeconómico, sus oportunidades de realización en todas las esferas y su movilidad social son menores que para los hombres, sea en la educación, ocupación o logro económico. Esta diferencia se agudiza entre quienes tienen orígenes socioeconómicos más bajos. Las últimas cifras de CONEVAL señalan que 50.4 % de las mujeres con responsabilidades de cuidados viven en pobreza, un porcentaje mucho mayor que el nivel de 43.9 % de pobreza nacional. Lo mismo pasa con sus niñas y niños, y las personas que requieren cuidados por razones de discapacidad, enfermedad o edad avanzada.

Actualmente se encuentra pendiente en el Senado de la República una iniciativa de reforma aprobada en noviembre de 2020 por la Cámara de Diputados a los artículos 4º y 73º de la Constitución para garantizar el derecho al cuidado y al tiempo propio. Detrás de esta reforma hay una labor de muchos años de diversas organizaciones y colectivos de mujeres. Hace unos días también se presentó en el Senado una iniciativa para crear una Ley General del SNC, que busca establecer el Sistema como una instancia de coordinación. 

Garantizar el derecho al cuidado en la Constitución es indispensable para avanzar a partir de un consenso social. Pautar mecanismos de articulación en una Ley requiere entender el SNC como una política transversal y multipropósito que vale la pena dialogar en colectivo, porque va más allá del ya de por sí gran reto de ampliar la infraestructura de servicios y el gasto social existentes. La Economía del Cuidado implica también crear estrategias fiscales para redistribuir el trabajo remunerado y no remunerado, políticas adaptadas para quienes requieren cuidados y para las personas cuidadoras, corresponsabilidad social y de la iniciativa privada. 

Se requiere contar con más y mejor información estadística. Hay que fortalecer encuestas y sistemas de datos, así como desarrollar los estudios para hacer visible la interdependencia del cuidado con múltiples agendas. Hay que identificar las necesidades de cuidados y sus características, la oferta disponible y la demanda no satisfecha, que permitan planear estratégicamente y dar seguimiento en el corto y el largo plazo.

Una Ley para el SNC debe considerar estos aspectos y definir tareas sustantivas, tanto en lo técnico, como en lo operativo. El SNC nos conviene desde todos los enfoques: de género, de igualdad, de infancias, de derechos, de discapacidad, de masculinidades, de pobreza, de bienestar, de envejecimiento poblacional, de oportunidades, y por supuesto, de movilidad social.

*1Director Ejecutivo del CEEY. Twitter: @robertovelezg 2) Directora de GENDERS AC. Twitter: @monicaeorozco. Columna publicada originalmente en Reforma el 20 de noviembre de 2021.

2021-11-22T15:38:50-06:00